Secretaría General > Normativa dirigida a los graduandos de la Universidad de Margarita
 
 
 
 
 



 

La firma del Libro del Acta constituye una actividad solemne de carácter legal, la cual, corresponde al acto administrativo más importante que realiza la universidad. Se legitima el derecho que tiene cada graduando y que lo acredita para la obtención del Título como profesional de la República Bolivariana de Venezuela.


En consecuencia el graduando deberá:



1.- Estar en el sitio señalado para la firma del acta por lo menos dos (2) hora antes de iniciarse dicho acto.



2.- Quien no se encuentre presente al momento de iniciarse el Acto Solemne de la firma del Acta, no podrá por ningún concepto incorporarse al mismo.



3.- Cualquier justificación o reclamo procederá al día hábil siguiente de la realización del acto solemne de firma del Acta, ante la Secretaria General.



4.- Una vez conocido y justificado el retardo, la Secretaria General autorizará la firma del Acta, la cual tendrá lugar en la sede de la Secretaría General, en hora y fecha que se le indique.



5.- El alumno que incurra en situaciones que alteren el orden y solemnidad del acto de firma del Acta, será retirado del recinto y se levantará acta sobre la situación; con copia a Control de Estudios a los fines consiguientes:



6.- El graduando que en le momento de la obtención del Título se haga protagonista o copartícipe de irregularidades o desorden que genere estado de indisciplina, será reportado por la Brigada de Orden, quien a su vez informará al Decanato responsable para proceder a levantar informe sobre el problema, con copia a el Departamento de Control de Estudios a los fines consiguientes.



Antonieta Rosales de Oxford
Secretaria General

 

 

 

 

16-11-09

 

 

 

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